Derechos Lingüísticos y Marco Legal

DERECHOS LINGÜÍSTICOS Y MARCO LEGAL

La Lengua de Señas Chilena como lengua, identidad y derecho.

En Fundación LSCh entendemos los derechos lingüísticos como parte fundamental de los derechos humanos, la identidad, la cultura y la participación de las personas sordas. 

 

La Lengua de Señas Chilena (LSCh) constrituye un elemento esencial de la identidad individual y colectiva de las personas sordas y forma parte de su patrimonio cultural. Nuestro trabajo busca contribuir a su reconocimiento, promoción, protección y uso en los distintos ámbitos de la vida social. 

La Ley N.° 21.303

La Ley N.° 21.303, publicada el 22 de enero de 2021, constituye un hilo fundamental para el reconocimiento de los derechos lingüísticos de las personas sordas en Chile.

 

Esta ley modificó la Ley N.° 20.422 y establece que la Lengua de Señas Chilena es la lengua natural, originaria y patrimonio intangible de las personas sordas, además de reconocerla como lengua oficial de las personas sordas.

 

Asimismo, establece que el Estado debe promover, respetar y hacer respetar los derechos culturales y lingüísticos de las personas sordas, asegurando su acceso a servicios públicos y privados, educación, mercado laboral, salud y otro ámbitos de la vida en sociedad en lengua de señas.

Enseñanza de la Lengua de Señas Chilena

La ley N.° 21.303 incorporó el artículo 26 bis a la Ley N.° 20.422, estableciendo que la enseñanza de la lengua de señas será realizada preferentemente por personas sordas calificadas, conforme a las condiciones, requisitos y calificaciones establecidos por la normativas correspondientes. 

 

Este reconocimiento fortalece la importancia de la participación de personas sordas calificadas en los procesos de enseñanza de su propia lengua y constituye un referente relevante para el desarrollo de iniciativas formativas en LSCh.

Educación y derechos lingüísticos

La normativa también establece que la enseñanza dirigida a estudiantes sordos en establecimientos de educación parvularia, básica y media debe garantizar el acceso a los contenidos del currículo común mediante Lengua de Señas Chilena como primera lengua y español escrito como segunda lengua.

 

Este marco refuerza la importancia de una educación que considere las características lingüísticas y culturales de los estudiantes sordos. 

La N.° 20.422

La ley N.° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad, constituye uno de los principales marcos legales para la promoción de la igualdad de oportunidades, la accesibilidad y la inclusión social en Chile.

 

A partir de las modificaciones incorporadas por la Ley N.° 21.303, la legislación reconoce además conceptos relacionados con la persona sorda y la comunidad sorda como una realidad lingüística y cultural. 

Nuestro compromiso institucional

Fundación LSCh desarrolla su trabajo considerando este marco jurídico como un referente para promover: 

  • El reconocimiento y fortalecimiento de la Lengua de Señas Chilena.
  • Los derechos lingüísticos y culturales de las personas sordas.
  • La participación y el liderazgo de las personas sordas.
  • La educación inclusiva.
  • La inclusión en salud y servicios.
  • La inclusión laboral.
  • La participación social y comunitaria.
  • La difusión y valoración de la identidad y cultura sorda.
Un compromiso que transciende la normativa

El reconocimiento legal constituye un avance fundamental, pero los derechos lingüísticos también requieren conocimiento, implementación, participación y acciones concretas.

 

Por ello, Fundación LSCh busca constribuir desde la sociedad civil al fortalecimiento de una cultura de respeto hacia la Lengua de Señas Chilena y hacia las personas sordas, promoviendo iniciativas que permitan avanzar desde el reconocimiento formal de los derechos hacia su ejercicio efectivo en la vida cotidiana. 

Marco normativa de referencia

Ley N.° 20.422 Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

 

Ley N.° 21.303 Modifica la Ley N.° 20.422 para promover la Lengua de Señas Chilena y fortalecer el reconocimiento de los derechos lingüísticos de las personas sordas.

 

Ley N.° 21.403 Reconoce la sordoceguera como discapacidad única y estable medidas para promover la plena inclusión social de las personas sordociegas.